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Animaciones y Estudios

Descripción y objetivo

Se trata de ayudas para el mantenimiento y el desarrollo del pastoreo colectivo como parte esencial de la estructuración del territorio de montaña de los Pirineos y sectores pastoriles de Aquitania.

Criterios de elegibilidad

Las estructuras elegibles al proyecto son :

– comunidades que gestionan pastos colectivos (municipios, mancomunidades, comisiones sindicales),

– Associations Foncières Pastorales (AFP)

– Groupements Pastoraux (GP)

– establecimientos públicos con vocación agrícola,

– otras asociaciones agrarias (ley 1901) con vocación pastoril

– organizaciones de animación de territorios pastoriles.


Estos proyectos deben estar en las áreas de pastoralismo tradicional :

– la zona del «macizo pirenaico» segun el Decreto Nº 2004-69 de 16 de enero de 2014

– la zona de Barthes de l’Adour en torno al sitio Natura 2000

– la zona con vocación pastoral de Dordoña definida por el decreto prefectoral n ° 2013150-0009 del 30 de mayo de 2013

Solo ciertas animaciones o estudios son elegibles :

– animación pastoril y territorial, incluida la animación del transporte hacia pastos de montaña, la animación y el acompañamiento de las ayudas a la custodia de los rebaños, a los planes de gestión relacionados con la custodia, la integración de los intereses de la biodiversidad, la protección de los rebaños contra la depredación, del carácter multi-usos de las áreas pastoriles

– animación relacionada con los fuegos pastoriles y apertura de los pastos

– diagnósticos y estudios pastoriles

– animación de la gestión de tierras para la creación de nuevas estructuras colectivas AFP y GP (asesoramiento contable, jurídico)

– animación del fomento de obras de amejoramiento pastos y cabañas pastoriles (creación, modernización), incluido el montaje y seguimiento del programa anual de trabajo en pastos

Los gastos directos del personal asignado a la operación (salario, bonificaciones contractuales, salario y costos del empleador), servicios, viajes, alimentos y alojamiento son elegibles.

Cálculo de la ayuda

– 70 % de los gastos elegibles

– Máximo de 60 000 € de gastos elegibles por proyecto


La tasa máxima de participación del FEADER es del 53 %.

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