Se trata de ayudas para el mantenimiento y el desarrollo del pastoreo colectivo como parte esencial de la estructuración del territorio de montaña de los Pirineos y sectores pastoriles de Aquitania.
Se trata de ayudas para el mantenimiento y el desarrollo del pastoreo colectivo como parte esencial de la estructuración del territorio de montaña de los Pirineos y sectores pastoriles de Aquitania.
Las estructuras elegibles al proyecto son :
– comunidades que gestionan pastos colectivos (municipios, mancomunidades, comisiones sindicales),
– Associations Foncières Pastorales (AFP)
– Groupements Pastoraux (GP)
– establecimientos públicos con vocación agrícola,
– otras asociaciones agrarias (ley 1901) con vocación pastoril
– organizaciones de animación de territorios pastoriles.
Estos proyectos deben estar en las áreas de pastoralismo tradicional :
– la zona del «macizo pirenaico» segun el Decreto Nº 2004-69 de 16 de enero de 2014
– la zona de Barthes de l’Adour en torno al sitio Natura 2000
– la zona con vocación pastoral de Dordoña definida por el decreto prefectoral n ° 2013150-0009 del 30 de mayo de 2013
Solo ciertas animaciones o estudios son elegibles :
– animación pastoril y territorial, incluida la animación del transporte hacia pastos de montaña, la animación y el acompañamiento de las ayudas a la custodia de los rebaños, a los planes de gestión relacionados con la custodia, la integración de los intereses de la biodiversidad, la protección de los rebaños contra la depredación, del carácter multi-usos de las áreas pastoriles
– animación relacionada con los fuegos pastoriles y apertura de los pastos
– diagnósticos y estudios pastoriles
– animación de la gestión de tierras para la creación de nuevas estructuras colectivas AFP y GP (asesoramiento contable, jurídico)
– animación del fomento de obras de amejoramiento pastos y cabañas pastoriles (creación, modernización), incluido el montaje y seguimiento del programa anual de trabajo en pastos
Los gastos directos del personal asignado a la operación (salario, bonificaciones contractuales, salario y costos del empleador), servicios, viajes, alimentos y alojamiento son elegibles.
– 70 % de los gastos elegibles
– Máximo de 60 000 € de gastos elegibles por proyecto
La tasa máxima de participación del FEADER es del 53 %.